Esta Gesta Histórica de Lomas, se escribió en la revista Lomas y su Gente en el año 2002/ 2003, por el historiador fallecido Don Juan L.Stoppini, el 21 de noviembre de 2005.
Fue miembro del Instituto Histórico Municipal de Lomas de Zamora.
El periodista, el amigo, el hombre, que tanto hizo por este pueblo de villa Galicia, y de Lomas , trabajador incansable en lo suyo, que fue el periodismo nacional y local, donde supieron de sus grandes notas inolvidables.Entre ellas, sus viajes como corresponsal de guerra en el conflicto de las Malvinas. El Milagro de los Andes, salvataje de los jóvenes uruguayos, aislados 71 días en la cordillera luego del accidente aéreo. Stoppini –junto a un colega de La 3ra de Chile participo del rescate y dio al mundo del caso “antropofagia”; o la nota realizada en la isla del Cerrito Argentino, Chaco, en el leprosario compartiendo sus vidas durante 30 días, realmente dramáticos.
Su paso por la radio y televisión, seria innumerable detallar todo su curriculun de este gran hombre, el amigo desinteresado con el prójimo.
Y ASI EN SU HOMENAJE VOLVEMOS A EDITAR EN ESTAS PAGINAS DE Lomas y su Gente los capítulos de la Gesta Histórica ,que mes tras mes irán apareciendo, por este medio.
Roberto J. Vicchio. Director: Lomas y su Gente.
La Gesta Historica de Lomas de Zamora
Capítulo 8
Don Tomás Grigera, agricultor, hombre visionario y de inquietudes, ya recorría estas lomas de Zamora en 1800.
Conocía muy bien las zonas altas, las inundables y las más aptas para la siembra y el cultivo.
con su experiencia y el conocimiento de estas tierras ,además de su vinculación con el gobernador Brigadier General Martín Rodríguez ,gestiono en marzo de 1821 ,la obtención de treinta chacras para ser cultivadas debidamente ,pedido que fue concedido ,lo que motivo la creación de la “ primera colonia de agricultores de esta región”.
La carta elevada por Grigera y respaldada con sus firmas por familiares y amigos apegados a la tierra ,constituye una verdadera crónica de la época pues se refleja las características de la región ,aprovechada hasta esos momentos para el pastoreo del ganado.
Decía el documento:
“Excelentísimo señor. Los ciudadanos firmados, vecinos y pobladores en pedazos de terrenos correspondientes a los del Estado en la estanzuela llamada de Zamora, distante al sud como dos leguas de esta Capital, bajo nuestro más sumiso respecto a la justificada bondad de Vuestra Excelencia, representamos y decimos: que habiendo el Supremo Gobierno expedido en diez y seis de marzo de mil ochocientos diez y ocho Decreto Preventivo al Gobierno Intendencia de esta Ciudad para que no admitiere Denuncias , ni diera curso a las admitidas , en cualquier estado que se hallaran ,sobre tierras del Estado en la circunferencia de veinte leguas al contorno , declarado que como ni sus ventas producían alivio ni utilidad de consideración al Erario se prometía más bien repartirlas gratuitamente en obsequio de los progresos de la Agricultura , a los solicitantes en oportunidad ;creemos hallarnos en esta para impetrar a Vuestra Excelencia la Gracia y merced de que con respecto a estar nosotros poblados allí , tiempo ha , en terrenos tan montuosos y rebeldes que solo bajo las zanjas que situamos podemos contar alguna siembra que la asidua fatiga del cultivo permite y que tampoco perjudicamos a la Caballada del Estado que se apacenta en su demás extensión pues los caballos comen y pastan en los frentes de aquellos dilatados terrenos y nosotros deseamos cultivar sus fondos a más de dos leguas en cardales y malezas espesase inservibles, para otra cosa que para albergar criminosos ,se digne mandarnos repartir a una suerte de chacra a cada uno ,según el paraje en donde se halle poblado ,por tener muchos plantíos puestos y no perderlos para que amojonándonos y deslindándonos y deslindando nuestras pertenencias , no halla confusión de derechos , no resulten las discordias consiguientes a la distinción de limites y pueda cada uno con perfecto conocimiento de lo que es suyo, limpiarlo ,labrarlo ,sembrarlo , plantarlo de montes y utilizarlo , finalmente en provecho propio de la sociedad y del Estado .
a cuyos fines propios de los desvelos supremos del Gobierno en cumplimiento de lo que su generosidad promete en el Decreto expedido y en ejercicio expedido de su natural liberalidad.
A Vuestra Exia .Suplicamos se sirva acceder a nuestra solicitud según y como sea más conforme a equidad y de su supremo arbitrio en gracia y merced que esperamos y juramos”.